La Corona de Aragón
Marcel Mañé
1. Un testamento
extravagante, inusitado, desusado y nunca visto.
Alfonso I, el Batallador,
de la dinastía Ximena, rey de Aragón y rey de Pamplona, no tenía descendencia y
en su testamento de 1131 nombró como herederos y sucesores suyos al orden
militar del Santo Sepulcro (de Jerusalén), al orden militar del Hospital de Jerusalén
y al orden militar del Templo de Jerusalén, a tercios. A su muerte en 1134, los
nobles aragoneses y el obispo navarro no quisieron cumplir el testamento y
nombraron heredero del reino de Aragón al hermano del rey, Ramiro II, el Monje,
y nombraron heredero del reino de Pamplona a García V, el Restaurador. En esta
época, en el reino de Aragón se hablaba la lengua aragonesa; en el siglo XXI,
esta lengua solamente es empleada por unas 10.000 personas en el Pirineo
aragonés.
Por otra parte, Ramon Berenguer IV, conde de Barcelona, nació
en 1114. En 1131 heredó de su padre el condado de Barcelona (que incluía los
antiguos condados de Barcelona, Girona, Osona, Besalú y Cerdanya; este último incluía un territorio que actualmente
es francés); ejercía influencia sobre los condados de Empuries, Rosselló (en la actual Francia), Urgell, Pallars Sobirà y Pallars Jussà.
Ramiro II, el Monje, a
pesar de ser eclesiástico, se casó y en 1136 tuvo una hija, Petronila. En 1137,
este rey hizo donación del reino de Aragón a Ramon Berenguer IV, conde de Barcelona, y pactó que éste se casaría con
Petronila (lo cual se cumplió en 1150), pactó que Ramiro II mantendría el título
de rey de Aragón y pactó que Ramon Berenguer IV
sería Príncep
y Dominador del reino de Aragón y
ejercería poder de rey. Alfonso VII de Castilla deseaba que la donación fuese
para su hijo, pero los nobles aragoneses prefirieron a Ramon Berenguer IV. Ramiro II no fue nunca reconocido como rey por la
Iglesia Romana de la cual el reino de Aragón era vasallo; Ramiro II nunca
transmitió la soberanía a su hija Petronila. En 1137, el condado de Barcelona y
el reino de Aragón no tenían fronteras comunes: entre ellos había el condado de
Urgell, el reino taifa de Tortosa
y el reino taifa de Lleida.
Ramon Berenguer IV regularizó los deseos testamentarios de
Alfonso I mediante concordias con el orden militar del Santo Sepulcro y con el
orden militar del Hospital de Jerusalén en 1140, y con el orden militar del Templo
de Jerusalén en 1143; estas 3 órdenes renunciaron a sus derechos; y el Papa lo
aprobó en 1158. En los 3 documentos de cesión, las 3 órdenes militares
declararon escoger a dicho Ramon Berenguer
debido a sus virtudes humanas y militares; también lo escogieron por la fuerza
de su pueblo y a causa de la necesidad de ayuda del reino de Aragón, el cual
estaba cerca de la derrota, acosado por el rey Alfonso VII de Castilla.
Ramon Berenguer IV respetó la legislación, los usos y las
costumbres del reino de Aragón. Por razones desconocidas, no empleó (ni después
de la pronta abdicación de Ramiro II al retirarse a su monasterio de Huesca) el
título de rey de Aragón, sino los títulos de Príncep y Dominador del reino de Aragón. Ramon Berenguer IV y sus descendientes, y posteriormente la dinastía Trastámara, no fueron reyes de Aragón que gobernaron el
reino de Aragón y el condado de Barcelona, sino que fueron condes de Barcelona
que gobernaron el condado de Barcelona y, como reyes de Aragón, el reino de
Aragón.
A la muerte de Ramon Berenguer IV, su hijo Alfons I, el
Cast, (llamado Ramon al nacer) fue el primero de
la casa de Barcelona en emplear el título de rey de Aragón.
2. Denominaciones
iniciales.
La denominación “Corona d’Aragó” para el conjunto del
condado de Barcelona y el reino de Aragón no se utilizó hasta el reinado de Jaume II, el Just, a finales
del siglo XIII, aunque la denominación más extendida era “Casal d’Aragó”. En las Cortes de Monzón de 1289, se llamó “Corona Reial”,
“Patrimoni Reial” y “Corona d’Aragó i
de Catalunya”. A partir del siglo XIV, se simplificó a “Corona d’Aragó”, “Regne d’Aragó” o “Aragó”,
tal como si se desease ocultar que el gobierno era catalán o como si se desease
hacer desaparecer Cataluña de la historia.
“Corona” significa
“dignidad del rey”, “reino” y “monarquía”; por tanto, “Corona de Aragón”
debería significar “dignidad del rey de Aragón”, “reino de Aragón” o “monarquía
de Aragón”. La primera acepción no parece adecuada porque no indica un
territorio o un Estado; la segunda acepción no parece adecuada porque indica
solamente una parte del conjunto del condado de Barcelona y el reino de Aragón;
la tercera acepción no parece adecuada porque el monarca era de la monarquía de
Barcelona. Así pues, no debería haberse empleado el nombre “corona”.
3. Organización del
gobierno.
Ramon Berenguer IV creó un nuevo Estado al extender su poder
sobre el reino de Aragón. No fue la lengua aragonesa sino la lengua catalana la
que empleó este monarca, sus almirantes, sus diplomáticos y sus funcionarios,
todos los cuales eran conocidos con el nombre de “catalans” fuera de sus
territorios. Ramon Berenguer IV y sus sucesores no
perdieron su nacionalidad catalana; fueron los soberanos de Cataluña que, sin
dejar de serlo, gobernaron el reino de Aragón; fuera de Cataluña, los condes de
Barcelona eran considerados extranjeros; fuera del reino de Aragón, los reyes
de Aragón no tenían ninguna autoridad como reyes de Aragón.
En las Cortes Aragonesas
de 1282, Pere
II, el Gran, dispuso que el Justicia de Aragón juzgase todos los pleitos del reino de
Aragón, como jurisdicción distinta del resto de territorios.
Las Ordenaciones de Pere III, el Cerimoniós,
estaban escritas en catalán y no se hizo ninguna traducción oficial al aragonés
ni al castellano, ni siquiera en la época de la dinastía Trastámara
(que tenía el castellano como lengua materna). La primera traducción oficial al
castellano fue la que pidió en 1562 el príncipe Carlos (hijo de Felipe II) al
protonotario del Consell Suprem d’Aragó.
4. Los nombres Cataluña y
catalán.
“Liber maiolichinus” es un poema en latín
medieval que narra la expedición de pisanos (de Pisa) y catalanes contra los
musulmanes de Ibiza y Mallorca entre 1114 y 1115. Es
el documento más antiguo que contiene los nombres Catalania, catalanenses, catalanensis, catalanicus; se escribió
alrededor de 1117.
5. Soberanos de Cataluña
desde 1131.
Casal de Barcelona:
1131-1162: Ramon Berenguer IV.
1162-1196: Alfons I, el Cast.
1196-1213: Pere I, el Catòlic, II
de Aragón.
1213-1276: Jaume I, el Conqueridor.
Conquistó el territorio de Valencia; no añadió Valencia a su Estado como una
provincia, sino como reino de Valencia, con una constitución política, unas
libertades, unos fueros y unos privilegios específicos. De modo semejante, al
conquistar el reino de Mallorca, el reino de Sicilia
y el reino de Nápoles, éstos no perdieron su autonomía nacional y jurídica ni
sus propias leyes. Todos estos reinos no estaban anexionados al condado de
Barcelona ni al reino de Aragón, sino que estaban unidos a ellos por tener el
mismo monarca. La lengua de Estado era el aragonés en el reino de Aragón y el
catalán en el resto de territorios. En contraposición, los reyes de Castilla
aplicaban la legislación de Castilla a los territorios conquistados y los
anexionaban a Castilla. Desde Jaume I, el
nombramiento de los cónsules era una prerrogativa del Consell de Barcelona; los consulados fueron una institución básica para
las relaciones internacionales. Más tarde, entre 1707 y 1716, Aragón, Valencia,
Mallorca y Cataluña perdieron sus fueros y privilegios por las armas y pasó a
regirles la legislación de Castilla.
1276-1285: Pere II, el Gran, III de Aragón, I de Valencia.
1285-1291: Alfons II, el Franc, III
de Aragón, I de Valencia, I de Mallorca.
1291-1328: Jaume II, el
Just, III de Mallorca. Su correspondencia
diplomática está casi toda en latín; nada en aragonés; hay respuestas en
catalán desde Sicilia, Nápoles y Calabria.
1327-1336: Alfons III, el Benigne, IV
de Aragón, II de Valencia.
1336-1387: Pere III, el Cerimoniós, IV de Aragón, II de
Valencia, I de Mallorca. Firmaba como Pere Terç; es la numeración que empleaba en los documentos
oficiales; es la empleada por la historiografía catalana y la no catalana
antigua; pero los cronistas de Ferran II, el
Catòlic, lo consignan como Pere IV porque han preferido no
emplear la numeración del condado de Barcelona ni la del reino de Valencia ni
la del reino de Mallorca. Las Cortes de Monzón de 1362-1363 acordaron dar a Pere III, el Cerimoniós, para defensa: 150.000
libras barcelonesas (15.000 de Mallorca, 53.000 de Valencia, 60.000 de Aragón,
122.000 de Cataluña). Las crónicas de Pere III, el Cerimoniós, y Jaume I, el Conqueridor, fueron las únicas escritas por los
soberanos hasta entonces; fueron escritas en catalán. Pere III, el Cerimoniós, convirtió el Monasterio de
Poblet (provincia de Tarragona) en panteón real; y
durante los siglos XIV y XV, los soberanos y muchos de sus familiares fueron enterrados
en él. Todo el gobierno radicaba en Cataluña: canciller (mayor funcionario
después del soberano), vicecanciller, protonotario, oidores, promovedores,
secretarios, enderezadores de conciencia, confesor del rey, limosneros,
capellán del rey, correos, maestre racional (mayor funcionario de carácter
económico), tesorero, escribano de ración, comprador.
1387-1396: Joan I, el Caçador.
1396-1410: Martí I, l’Humà, que murió sin tener descendencia.
Dinastía Trastámara:
1412-1416: Ferran I, el d’Antequera.
1416-1458: Alfons IV, el Magnànim.
1458-1479: Joan
II, el Gran.
Durante la guerra contra Joan
II, el Gran, reinaron (excepto en el reino de Valencia en que continuó
reinando Joan II, el Gran):
1462-1463: Enric I, l’Impotent, IV de Castilla y León.
1463-1466: Pere IV, el Conestable
de Portugal, V de Aragón.
1466-1472: Renat I de Provença,
el Bo.
Dinastía Trastámara:
1479-1516: Ferran II, el Catòlic,
rey de Aragón, de Valencia, de Mallorca, de Sicilia,
de Nápoles, de Cerdeña y Córcega, conde de Barcelona, duque de Atenas y Neopatria, conde de Rosellón y
Cerdaña, marqués de Oristán y Gociano (ambas en
Cerdeña).
Dinastía Habsgurg (o casa
de Austria):
1516-1556: Carlos I Habsburg (casa de
Austria), rey de España, rey de las Indias islas y tierra firme del Mar Oceano, Emperador del Sacro Imperio Romano Germánico;
llamado también Karl
V Habsburg
(Haus Österreich), Kaiser des Heilingen Römischen Reiches; llamado
también Carlo
IV Habsburg,
rey de Sicilia; llamado también Karel II Habsburg, duque de Brabant; llamado
también Karel
III Habsburg,
conde de Flandes; nacido en Gante (Flandes Oriental); con unos 30 títulos más;
de lengua materna francesa, hablando flamenco desde la infancia; las Cortes de
Castilla de 9 de febrero de 1518 le pidieron que aprendiese el castellano.
1556-1598: Felipe II Habsburg (rey de
España, rey de Portugal, rey de Nápoles, rey de Sicilia,
rey de Cerdeña, rey de las Indias Occidentales, duque de Milán, duque titular
de Borgoña y soberano de los Países Bajos); con unos 30 títulos más. Las Cortes
de Monzón de 1599 acordaron dar al soberano 210.000 libras por parte de Aragón
y 1.100.000 libras por parte de Cataluña.
El aragonés Jerónimo
Zurita y Castro fue un prestigioso historiador (su padre fue médico de Ferran II, el Catòlic, y
de Carlos I) que escribió “Anales de la Corona de Aragón” entre 1562 y 1580 en
tiempos de Felipe II Habsburg.
A pesar de emplear una expresión inadecuada en el título de su libro, dejó
escrito (tomo I, libro IV, capítulo 40):
“I en esto usó el rei (sic) de la gratificación que debía a la nación catalana,
porque nunca Príncipe fue mejor servido de sus súbditos que lo fue el Rey de
los catalanes en la conquista de Sicilia y de las
provincias de Calabria y Pulla y del Principado de Capua por mar y por tierra, a quien se debe principalmente
la gloria de la conquista de aquel reino.”
Y también dejó escrito (tomo
II, libro VII, capítulo 16):
“Por los catalanes tenian (sic) los reyes de Aragón el dominio y la posesión
del mar.”
Las coronaciones de los condes de Barcelona como reyes de Aragón se celebraban
en Zaragoza y se efectuaban en catalán, no en aragonés.
Pere III, el Cerimoniós, y Ferran II, el Catòlic, tenían, entre otros títulos, los de rey de
Aragón, rey de Valencia y rey de Sicilia; la Confederación
Catalana ha sido llamada “Reino de Aragón”, pero nadie la ha llamado nunca “Reino
de Valencia” ni “Reino de Sicilia”. Aclarar el motivo
queda en manos del lector.
6. Fueros de Aragón.
En el 6 de enero de 1247,
Jaume I, el Conqueridor,
promulgó los primeros Fueros de Aragón; fueron escritos en catalán; alrededor
de 1300, el Justicia de Aragón, Ximén
Pérez de Salanova, los tradujo al latín. En muchas referencias históricas no se
indica que inicialmente fueron escritos en catalán, sino en romance (que no es
una sola lengua, sino el nombre genérico de varias).
7. Archivos.
Desde finales del siglo
IX y hasta el siglo XVII, los documentos oficiales se guardaron en Barcelona;
primeramente en el Arxiu Comtal que en
1318 empezó a llamarse Arxiu Reial de
Barcelona; en las antiguas Ordinaciones Marítimas
de Pere
III, el Cerimoniós,
consta en su traducción al castellano como “Archivo Real y General de la Corona
de Aragón”. La Real Cédula de Fernando III del 7 de febrero de 1754 (con el
reglamento sobre los trabajos que deberían llevarse a cabo en el archivo) designó
oficialmente a partir de entonces el Arxiu Reial de Barcelona con el nombre de Archivo de la
Corona de Aragón (ver caja VI de la Colección Histórica del Archivo en dicho
archivo), nombre que, traducido al catalán, tiene actualmente. Con el paso del
tiempo, se le han añadido otros archivos históricos.
Los documentos históricos
de Cataluña están actualmente en el Arxiu de la Corona
d’Aragó (Barcelona), El Escorial, la Biblioteca Nacional, la Biblioteca de
Palacio, el Archivo Histórico Nacional y la Real Academia de Historia; casi
todos los documentos están escritos en catalán (los más antiguos, en latín,
como en el resto de territorios que tienen lenguas románicas) lo cual muestra
que la lengua oficial de la monarquía y del Estado era el catalán.
La versión en castellano
del Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006 dice en la Disposición adicional decimotercera
(Fondos propios y comunes con otros territorios): “Los fondos propios de
Cataluña situados en el Archivo de la Corona de Aragón y en el Archivo Real de
Barcelona se integran en el sistema de archivos de Cataluña. Para la gestión
eficaz del resto de fondos comunes con otros territorios de la Corona de
Aragón, la Generalitat debe colaborar con el
Patronato del Archivo de la Corona de Aragón, con las demás Comunidades
Autonómicas que tienen fondos compartidos en el mismo y con el Estado a través
de los mecanismos que se establezcan de mutuo acuerdo.”
8. Definiciones.
Se emplean a continuación
las 4 definiciones siguientes:
Estado es el conjunto de
instituciones que tienen autoridad de legislar, gobernar y juzgar en uno o
varios territorios distintos. Imperio es un Estado que tiene autoridad en
varios territorios distintos. Confederación es la unión de varios Estados que
conservan un notable grado de autonomía y que está regida en algunas materias
por un gobierno central. Federación es la unión de varios Estados que conservan
un moderado grado de autonomía y que está regida en algunas materias por un
gobierno central.
Ejemplos de Estado (con
sus nombres oficiales):
Reino de España. République
française. Principat
d’Andorra. Bundesrepublik
Deutschland.
Lista de
imperios:
I Imperio Alemán. I
Imperio Mexicano. II Imperio Alemán. II Imperio Mexicano. III Imperio Alemán. Imperio
Accadio. Imperio Almohade. Imperio Armenio. Imperio
Asirio. Imperio Austrohúngaro. Imperio Azteca. Imperio Bizantino. Imperio Británico.
Imperio Caldeo. Imperio del Califato Abasí. Imperio del Califato Fatimí.
Imperio del Califato Omeya. Imperio Catalán. Imperio Chino. Imperio Egipcio. Imperio
Griego. Imperio Español. Imperio Francés. Imperio Holandés. Imperio Inca.
Imperio Italiano. Imperio Japonés. Imperio Jemer.
Imperio Maurya. Imperio Maya. Imperio Medo. Imperio
Mogol. Imperio Mongol. Imperio Otomano. Imperio Persa. Imperio Portugués.
Imperio Parto. Imperio Romano. Imperio Romano de Occidente. Imperio Ruso.
Imperio Sasánida. Imperio Sueco.
Ejemplo de confederación:
Confederació Catalana.
Ejemplo de federación:
United States of America.
9. Primer documento en
castellano.
El primer documento
importante oficial en castellano del Imperio Catalán fue la Sentencia Arbitral
de Guadalupe de Ferran
II, el Catòlic,
en 1486. Después fue traducido al catalán en las Constitucions i Altres Drets de
Catalunya.
10. La venganza catalana.
En 1305, cuando el
Imperio Catalán incluía parte de la actual Grecia, Roger de Flor (general catalán de los soldados almogávares) y sus mandos
fueron asesinados en un banquete en el palacio griego con un complot urdido por
Xor Migal Paiòleg (hijo del emperador bizantino Andrònic II Paleòleg)
y por Girgon
(comandante en jefe de la Compañía de Mercenarios Alanos). Los soldados almogávares
se vengaron arrasando Tracia y Macedonia. Los nativos lo han llamado “la
venganza catalana”, no “la venganza aragonesa”.
11. Conclusiones.
Los historiadores no
deberían haber llamado en castellano “Corona de Aragón” la unión (bajo la
soberanía de Ramon Berenguer IV) del reino de Aragón al
condado de Barcelona; es preferible llamarla “Confederación Catalana”.
Los historiadores no
deberían haber llamado en castellano “Corona de Aragón” la unión suplementaria
con el reino de Valencia; es preferible llamarla “Imperio Catalán”,
especialmente al ir añadiéndose los territorios del mapa adjunto.
El actual Arxiu de la Corona d’Aragó debería llamarse Arxiu Reial de
Barcelona.
A la vista de todo lo
anterior, nada se opone a que más de una persona opine que los historiadores
que han empleado otras denominaciones en documentos en castellano (que no sean
“Confederación Catalana”, “Imperio Catalán” o “Arxiu Reial de Barcelona”) quedan
desacreditados; y hace reflexionar el hecho de que Caius Parellada i Cardellach
haya dejado escrito que Aragón ha usurpado la gloria ajena y (sigue la
traducción en castellano): “Porque la negación de la realidad estatal de
Cataluña ha estado el fundamento de la opresión de nuestra nación, la cual
negación surgió cautelosamente en el siglo XVI como pieza necesaria del Estado
que se iba construyendo, y ha continuado hasta hoy con el mismo carácter. Ya
que, si Cataluña no estaba, si no había existido nunca en el terreno político
internacional, su apartamiento no era nada, no era ninguna injusticia que
pudiese dar pie a ninguna reivindicación.”