Los fondos de pensiones y el timo de la
estampita
Recuerdo un anuncio de la TV, allá por los años 80-90, en el que un ingenuo joven, en edad de constituir una familia, escuchaba maravillado las explicaciones de un experto bancario, quien le prometía que imponiendo en el banco una razonable cantidad mensual, retiraría al cabo de 30 años una asombrosa cantidad de millones (al ser en aquel tiempo de pesetas, impresionaban mucho más). Cabía suponer que el muchacho se ponía inmediatamente en camino hacia su sucursal bancaria para empezar un plan de pensiones con que atender su vejez.
Muy razonable, pero había un inconveniente. Treinta años tardan mucho en pasar. En menos de treinta años hemos visto el hundimiento del franquismo y del comunismo, hemos visto escándalos como el de RUMASA o de los GAL, que dejaban chiquitos a la antigua MATESA, hemos visto como la TV se convertía en un inmenso estercolero, hemos visto cambiar la composición étnica de la población española, hemos empezado a asistir a una sangría semanal de jóvenes a bordo de su automóvil. Y el joven del anuncio, mientras asiste a la aparición de sus primeras canas, habrá visto que las tasas de interés bancario, en las que estaban basados aquellos cálculos de la lechera, bajaban espectacularmente, lo que habrá permitido un más fácil acceso a la vivienda de sus hijos, pero a él le habrá derrumbado aquella millonada. No sólo esto, sino que la baja de la Bolsa habrá reducido sus ahorros, tan risueñamente captados.
Es una pena esa constancia en atacar sistemáticamente por los afanes más nobles de la persona para prometer paraísos incumplibles. Hace unos años escribí un artículo sobre este delicado tema, que no ha perdido actualidad, salvo en que ahora contamos en € y no en Pta. Lo reproduzco, pero mantengo la medida en “las antiguas pesetas”, pues estoy convencido de que las personas que pueden comprenderlo y disfrutarlo siguen aclarándose más de esta forma.
Una advertencia: si le aburren las matemáticas, vaya directamente a los párrafos finales. Las fórmulas que los preceden sólo tienen por finalidad demostrarlos.
Cada
año, con los fríos de diciembre llegan las repetidas recomendaciones desde la
superioridad de que suscribamos un fondo de pensiones. A nadie un poco
perspicaz se le escapa el sentido último de este consejo: próxima la bancarrota
del Estado de bienestar, éste intenta al menos transferir a los propios
interesados la responsabilidad que un día contrajo con ellos de hacerse cargo
de sus jubilaciones. De hecho, esta maniobra lleva ya varios años en marcha
mediante técnicas variadas, como la llamada “fórmula del sumatorio”
(progresiva exigencia de años de cotización), el mantenimiento de los tipos
tributarios pese a la inflación, etc.
Visto
así, se comprendería, aunque no se aprobase, esta dejación del estado de sus
responsabilidades. A fin de cuentas, no irá a reducirse el suculento tren de
gastos de la administración para atender a unas minucias como el futuro de los
que años y años han cotizado religiosamente. Pero hay algo en todo este
tinglado que nos parece francamente deshonesto.
Será
inevitable aplicar algunos tecnicismos matemáticos. Según la normativa vigente,
la cuota Q del impuesto se calcula, a partir de la Base liquidable (B), de
acuerdo con la fórmula:
|
B, tramo (kPta) |
Q (kPta) |
|
0-600 600-2100 2100-4100 4100-6600 6600-11000 >11000 |
Q = 0,18B Q= 108 + 0,24B Q = 468 +
0,283B Q = 1034 +
0,372B Q = 1964 +
0,45B Q = 3944 +
0,48B |
Esta tabla
genera una “curva impositiva” de la que se deduce una presión fiscal creciente
entre un mínimo del 15 % y un máximo de 48 %. Para las rentas entre 3 y 5
millones de pesetas, las más habituales, la presión fiscal oscila entre el 25 %
y el 30 %. Es fácil construir un programa informático que proporcione la
gráfica de los impuestos:

Si se
realiza una aportación a un plan de pensiones, el importe destinado a éste
queda deducido de la base liquidable, lo que reducirá lógicamente la cuota.
Pero el importe desgravable viene limitado por dos
condiciones muy severas:
·
En ningún caso puede superar el importe de 1.100.000 Pta (hay algunas excepciones, que no tendremos en cuenta
por poco frecuentes).
·
Tampoco puede superar el 20 % de la base liquidable (en realidad, de
las rentas generadas por el trabajo, pero prescindiremos de ese detalle para
aproximarnos al caso de una persona que vive de su trabajo).
¿Qué
ocurre al recuperar el importe del plan una vez alcanzada la jubilación? La antigua
normativa al respecto, tan aireada en su día con ocasión de la aparición de los
planes de pensiones, disponía que la renta del año en que se recuperara dicho
plan sería considerada como “rendimiento atípico” repartido en el tiempo, con
lo que el impuesto a devengar sería asimilable, por ejemplo, al de una
explotación forestal cuyos beneficios se realizan por períodos muy superiores
al año.
Pero
esa normativa fue barrida unilateralmente y de un plumazo en cuanto el PP llegó
al poder, sin que nadie dijera ni pío ante un cambio tan sustancial en las
condiciones que se habían ido prometiendo, estableciéndose que desde la reforma
el rendimiento retirado sería sumado a la renta del año correspondiente
reducida en un 40 %. Por poner un ejemplo: una persona cuya base liquidable
habitual fuera de 3 MPta y que a lo largo de los años
hubiera ido constituyendo un fondo de 8 MPta, en el
año de recuperación de éste debería tributar por una base liquidable B = 3 +
0,6×8 = 7,8 MPta,
lo que, vista la anterior progresividad del impuesto,
supondrá una cuota impositiva que eliminará las ventajas que a lo largo de los
años había ido acumulando el sufrido inversor.
Se
intuye la carga de profundidad escondida en esa ley, y sorprende que nadie se haya
ocupado de ella, ni siquiera el Defensor del Pueblo. Pero así están las cosas.
A fin de llevar a cabo un análisis detallado de dichos efectos, hemos efectuado
el cálculo de la “ventaja fiscal” que obtiene el poseedor de un plan de
pensiones en los casos en que su renta sea desde 2 hasta 5,5 MPta, por escalones de medio millón. En todos estos casos
suponemos que la cantidad que destina al fondo es el 20 % de la renta, con el
fin de obtener las máximas “ventajas” de éste. Y éstos son los resultados:

Es
decir, en pocas palabras: el ahorro fiscal global conseguido es siempre
negativo, salvo para bases imponibles superiores a unos 4.500.000 Pta aprovechadas al máximo y durante períodos de
constitución del fondo del orden de veinte años para arriba. En la tabla de la
página siguiente se detallan los resultados.
Huelga
decir que en todos los casos no estudiados (bases liquidables superiores a 5,5 MPta, cantidades destinadas al fondo superiores o
inferiores al 20 % de la base liquidable) las consecuencias son mucho peores. Y
todavía más en casos en que aparecen rentas aparte de las del trabajo. Tampoco
se han tenido en cuenta las pérdidas por depreciación de la moneda, por pérdida
de valor del fondo como consecuencia de períodos negativos en la Bolsa (ése ha
sido el caso en el año 2000, por ejemplo), etc., etc.
Este
artículo será remitido al Defensor del Pueblo, para que éste tenga al menos
constancia de los goles que continuamente propina al Administración al
ciudadano. Dentro de unos años servirá para escribir la historia de nuestro
siglo y quizá contribuya a explicar la revolución que algún día se producirá
contra el Estado actual.
Josep
M. Albaigès
Barcelona,
diciembre 2000
|
Base Imp. |
2.000.000 |
2.500.000 |
3.000.000 |
3.500.000 |
4.000.000 |
4.500.000 |
5.000.000 |
5.500.000 |
|
Inv. Anual |
400.000 |
500.000 |
600.000 |
700.000 |
800.000 |
900.000 |
1.000.000 |
1.100.000 |
|
Años: 5 |
-299.300 |
-319700 |
-445.400 |
-601500 |
-757.600 |
-782500 |
-778.500 |
-908000 |
|
6 |
-271.220 |
-285200 |
-409.520 |
-559640 |
-731.600 |
-735200 |
-685.400 |
-795800 |
|
7 |
-243.140 |
-259600 |
-373.640 |
-517780 |
-721.200 |
-687900 |
-592.300 |
-683600 |
|
8 |
-215.060 |
-234000 |
-337.760 |
-496200 |
-710.800 |
-640600 |
-499.200 |
-571400 |
|
9 |
-192.320 |
-208400 |
-301.880 |
-487100 |
-700.400 |
-593300 |
-406.100 |
-472400 |
|
10 |
-185.600 |
-182800 |
-266.000 |
-478000 |
-690.000 |
-546000 |
-313.000 |
-380000 |
|
11 |
-178.880 |
-157200 |
-258.200 |
-468900 |
-679.600 |
-498700 |
-237.900 |
-287600 |
|
12 |
-172.160 |
-131600 |
-250.400 |
-459800 |
-669.200 |
-451400 |
-162.800 |
-195200 |
|
13 |
-165.440 |
-106000 |
-242.600 |
-450700 |
-658.800 |
-419700 |
-87.700 |
-102800 |
|
14 |
-158.720 |
-88200 |
-234.800 |
-441600 |
-648.400 |
-388600 |
-12.600 |
-10400 |
|
15 |
-152.000 |
-86000 |
-227.000 |
-432500 |
-644.000 |
-357500 |
62.500 |
82000 |
|
16 |
-145.280 |
-83800 |
-219.200 |
-423400 |
-648.000 |
-326400 |
137.600 |
174400 |
|
17 |
-138.560 |
-81600 |
-211.400 |
-414300 |
-652.000 |
-295300 |
212.699 |
266800 |
|
18 |
-131.840 |
-79400 |
-203.600 |
-407000 |
-656.000 |
-264200 |
287.800 |
359200 |
|
19 |
-125.120 |
-77200 |
-195.800 |
-410500 |
-660.000 |
-233100 |
362.900 |
451600 |
|
20 |
-134.000 |
-75000 |
-188.000 |
-414000 |
-664.000 |
-202000 |
438.000 |
544000 |
|
21 |
-146.000 |
-72800 |
-180.200 |
-417500 |
-668.000 |
-170900 |
513.100 |
636400 |
|
22 |
-158.000 |
-70600 |
-172.400 |
-421000 |
-672.000 |
-139800 |
588.200 |
728800 |
|
23 |
-170.000 |
-68400 |
-173.000 |
-424500 |
-676.000 |
-108700 |
663.300 |
821200 |
|
24 |
-182.000 |
-66200 |
-176.000 |
-428000 |
-680.000 |
-77600 |
738.400 |
913600 |
|
25 |
-194.000 |
-64000 |
-179.000 |
-431500 |
-684.000 |
-46500 |
813.500 |
1006000 |
|
26 |
-206.000 |
-61800 |
-182.000 |
-435000 |
-688.000 |
-15400 |
888.600 |
1098400 |
|
27 |
-218.000 |
-59600 |
-185.000 |
-438500 |
-692.000 |
15700 |
963.700 |
1190800 |
|
28 |
-230.000 |
-57400 |
-188.000 |
-442000 |
-696.000 |
46800 |
1.038.800 |
1283199 |
|
29 |
-242.000 |
-61200 |
-191.000 |
-445500 |
-700.000 |
77900 |
1.113.899 |
1375599 |
|
30 |
-254.000 |
-68000 |
-194.000 |
-449000 |
-704.000 |
109000 |
1.189.000 |
1468000 |
|
31 |
-266.000 |
-74800 |
-197.000 |
-452500 |
-708.000 |
140100 |
1.264.100 |
1560400 |
|
32 |
-278.000 |
-81600 |
-200.000 |
-456000 |
-712.000 |
171200 |
1.339.200 |
1652800 |
|
33 |
-290.000 |
-88400 |
-203.000 |
-459500 |
-716.000 |
202300 |
1.414.300 |
1745199 |
|
34 |
-302.000 |
-95200 |
-206.000 |
-463000 |
-720.000 |
233399 |
1.489.399 |
1837599 |
|
35 |
-314.000 |